Código ético de conducta
Este ‘Código ético de conducta’ está alineado con la misión, visión y valores de INCIBE, sirviendo de guía para todos aquellos profesionales que tengan relación con INCIBE, dentro de un entorno empresarial complejo y variable.
Objetivo
El ‘Código ético de conducta’ recoge el compromiso de INCIBE con los principios de la ética empresarial y la transparencia en todos los ámbitos de actuación, estableciendo un conjunto de principios y pautas de conducta dirigidos a garantizar el comportamiento ético y responsable de todos los profesionales de INCIBE en el desarrollo de su actividad. Este ‘Código ético de conducta’ es de obligado cumplimiento. Todos los empleados de INCIBE están obligados a conocerlo y cumplirlo, y a comunicar, haciendo uso del canal que el instituto pone a su disposición, las prácticas contrarias al código, y a las normas que debieran observarse.
INCIBE aplica el principio de diligencia debida para la prevención, detección y resolución de conductas irregulares relacionadas con ilícitos penales o de cualquier otra naturaleza comprometiéndose, entre otros, a analizar regularmente los riesgos en este ámbito, a asegurar que los empleados conocen los riesgos existentes, a definir responsabilidades en lo que se refiere al cumplimiento del código y a establecer un canal que permita la comunicación y rápida resolución de irregularidades cometidas en el ámbito de la empresa.
Destinatarios
El ‘Código ético de conducta’ obliga a todos los profesionales de INCIBE, con independencia de su nivel jerárquico y de su emplazamiento geográfico, considerándose profesionales de INCIBE, tanto sus empleados, como los miembros de los órganos de gestión, administración y dirección.
Regula
- Nuestro ‘Código de conducta’ hace referencia de manera destacada al trato igualitario y respetuoso entre empleados, a la gestión de la información confidencial y seguridad de la información y a la corrupción/soborno y los conflictos de interés.
- La implantación de este ‘Código ético de conducta’, al que todo el personal de INCIBE deberá declarar periódicamente (bianualmente) su adhesión, incluye principios y referencias a cuestiones relativas a los conflictos de intereses, a la política de hospitalidad y obsequios, a la información confidencial y/o a la notificación del presunto fraude, entre otros.
- En relación a nuestros proveedores se evitarán conflictos de intereses y se establecen procedimientos de competencia y concurrencia en las contrataciones para obtener una mejor gestión del presupuesto y gasto. Asimismo, se desarrollaran las normas en cuanto a dádivas y regalos.
- Nuestro ‘Código ético de conducta’ pretende recoger, no sólo valores de carácter ético (responsabilidad, respeto, transparencia, integridad e igualdad), sino también valores de carácter profesional (trabajo en equipo, innovación/creatividad, confidencialidad y profesionalidad).
Principios y valores
- La excelencia y el rigor.
- El compromiso y el esfuerzo en el servicio.
- La responsabilidad.
- La humildad.
- La integridad, que implica que la actuación se produzca con honestidad, de forma confiable, de buena fe y a favor del interés público.
- El fomento de una cultura abierta con plena libertad.
- La adaptación al cambio.
- Independencia y objetividad.
- Comportamiento profesional.
- Confidencialidad y transparencia.