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Espías de supermercado (I)

Publicado el 07/04/2008, por Joseba Enjuto

Hace muy poco se publicó la noticia de que una cadena de supermercados había contratado detectives para espiar a sus empleados. Al parecer, en algunas de las sedes alemanas de dicho supermercado, unos equipos de detectives instalaron varias cámaras miniatura que, con el pretexto de ayudar a detectar robos, fueron utilizadas para supervisar las actividades de los empleados.

Más allá de la legalidad o no de estas prácticas, que creo que otros compañeros de blog están más cualificados para juzgar que yo (aunque sea desde la perspectiva de las leyes españolas), en el fondo de los hechos está la clásica disputa entre el derecho de las empresas a controlar la actividad de sus empleados y el derecho de estos empleados a preservar su intimidad. Siempre ha sido un equilibrio complicado de alcanzar, sobre todo teniendo en cuenta que cualquier desequilibrio significativo hacia uno u otro lado probablemente sea entendido por una parte como un abuso cometido por la otra.

Esta disputa, tan desgastada ya con argumentos tradicionales como el de la productividad, se ha visto en los últimos tiempos revitalizada con un “nuevo” argumento: la seguridad de la información. Argumento si cabe más controvertido aún, si tenemos en cuenta que aspectos como la confidencialidad pueden ser esgrimidos con idénticos razonamientos desde cualquiera de las dos partes. ¿Qué grado de control de la actividad de los usuarios es el apropiado en relación al uso de la información y de los recursos corporativos asociados? ¿Qué nivel de privacidad es el idóneo en relación al uso de las infraestructuras IT de la organización? Estas y otras cuestiones relacionadas no hacen sino reavivar la llama de una de las disputas más antiguas entre patronal y sindicatos, sin que se vislumbre a corto plazo un horizonte en el que ambas partes se sientan realmente satisfechas.

Y de fondo, no sé si para mediar en esta disputa o para echar más leña al fuego, van apareciendo normas internacionales como la ISO 27001, que entre sus apartados ya contempla de forma explícita la supervisión del uso de los sistemas de información. ¿Servirán estas normas para ayudar a encontrar el necesario punto de equilibrio o no harán otra cosa que enrarecer aún más un ambiente ya de por sí caldeado? Con el paso del tiempo lo veremos…

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